Presidencia Pro Tempore
Órgano político y técnico encargado de la organización y celebración del Consejo de cada reunión del Consejo Judicial Centroamericano y del Caribe.
Es el órgano político y técnico encargado de la organización y celebración del Consejo de cada reunión del Consejo Judicial Centroamericano y del Caribe (CJCC). La Sede de la Presidencia Pro Tempore podrá ser designada mediante los mecanismos que adopte el Consejo para tal fin o, en su caso, mediante acuerdo ante el ofrecimiento de una Corte o Tribunal Supremo para sustentar esta responsabilidad, la cual recaerá en los miembros permanentes. La Presidencia Pro Tempore ejercerá sus funciones por un (1) año a partir de la celebración de la reunión ordinaria en que toma posesión. Al tiempo de cesar en sus funciones, la Presidencia Pro Tempore remitirá a la Secretaría Permanente la documentación relevante, para su custodia y archivo.